domingo, 11 de julio de 2010

Jubilaciones: la dimensión del problema

OPINION
ISMAEL BERMUDEZ

La Razón
10-7-2010







Los dictámenes de la Comisión de Previsión que plantean llevar la jubilación mínima al 82% del sueldo mínimo, recomponer hacia el futuro las jubilaciones ya otorgadas de acuerdo a los fallos de la Corte Suprema (Sanchez y Badaro) y fijar la movilidad dos veces por año en base a la evolución de los salarios -con todo el avance que significa si fuesen aprobados- son tan solo una parte de la reforma previsional que requiere la Argentina.

En la agenda de la Seguridad Social quedarían todavía sin resolver los 360.000 juicios de jubilados y pensionados ­ y los 10.000 que se van agregando todos los meses- que reclaman el pago retroactivo de las diferencias entre lo que cobraron y el ajuste ordenado en los casos Sanchez (de 1991 a 1995) y Badaro que, entre enero de 2002 y diciembre de 2006, la Corte lo fijó en el 88,6%. En ese período los aumentos generales fueron de entre el 10 y 22%.

Aunque luego de largos años esos jubilados a cuentagotas están obteniendo fallos favorables, el pago de las sentencias se demora o se liquida mal y así muchos jubilados tienen que hacer un nuevo juicio para que se ejecute la sentencia.

También se fue reduciendo y de manera sustancial el valor de la Prestación Básica Universal (PBU) uno de los dos componentes del haber jubilatorio. Inicialmente la PBU fue fijada en el 27,5% del sueldo medio. Ahora, es un valor fijo de $ 422,91 que representa menos del 12% del sueldo medio.

En un reciente fallo ("Bruzzo"), la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad estableció que la PBU debe actualizarse por el índice de salarios. Con este criterio de la Justicia, la PBU debería ascender ahora a más de $ 1.200 mensuales.

La otra parte de la jubilación (PC/PAP) se calcula sobre el sueldo promedio actualizado de los 10 años anteriores al retiro laboral. Aquí el problema es que esa actualización se hace con un índice que es inferior a la real evolución de los salarios.

Esto determina que ya el haber inicial arranque con una "pérdida" importante. A esto se agrega que las sumas no remunerativas ­muy de moda en los últimos años- no son tomadas en cuenta por la ANSeS para calcular la jubilación, pero también este criterio fue cuestionado en varios fallos por la Justicia., Así las cosas, con 30 años de aportes, hoy quien se jubila cobra el 45% de un sueldo promedio entre un 25 y 30% inferior al real, más una PBU también licuada. Eso arroja un haber inicial muy bajo, lo que abre el camino para una nueva litigiosidad.

A su vez, quienes tienen menos de 30 años de aportes, aunque sí tienen la edad requerida, no pueden jubilarse a pesar de que realizaron aportes durante una etapa de su vida activa. Esto transitoriamente "se resolvió" a través de una moratoria. Pero se requiere una solución razonable y permanente, proporcional a los aportes realizados.

También hay falencias vinculadas a las pensiones, a las asignaciones familiares y a la prestación o seguro por desempleo que tiene un tope de $ 400 por mes.

Toda esta agenda tiene una fuerte dimensión social y económica que la política no solo no puede desconocer sino que tiene que resolver. "Ningunearla" o "vetarla" lo único que hará es que siga agrandándose, profundice la pobreza, ahonde las desigualdades y estalle con más fuerza.

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