miércoles, 29 de junio de 2011

Extienden el derecho a pensión de las parejas del mismo sexo

La Corte sostuvo que se debe cobrar desde el año de la muerte del conviviente.

Por
Ismael Bermúdez

29/06/11


En un fallo de alto impacto, la Corte Suprema sostuvo que el derecho a cobrar la pensión en el caso de convivientes de un mismo sexo se debe aplicar desde el momento del fallecimiento de la pareja y no sólo desde 2008 cuando la ANSeS reconoció ese derecho. Aunque se trata de una sentencia individual, el fallo del máximo Tribunal sienta jurisprudencia y constituye una doctrina que seguirán los jueces inferiores para resolver centenares de casos similares que ya están en la Justicia. También llevará a que se presenten nuevas demandas pidiendo la aplicación retroactiva del beneficio.

Según explicó la Corte, el demandante, identificado como Sr. P (su nombre se mantuvo en el anonimato), había formado una “pareja amorosa, con convivencia pública, permanencia, fidelidad y asistencia mutua” con C., quien falleció en 1996. A su vez, la pareja compartía “desde las tareas hogareñas hasta los ingresos que ambos tenían”, habiéndose “instituido mutuamente como herederos únicos y universales mediante escritura pública”.

P. solicitó a la ANSeS la pensión por viudez la que fue denegada porque la ley previsional no reconocía los beneficios para personas del mismo sexto. El pedido también fue rechazado en primera y segunda instancia en la Justicia.

El caso ingresó a la Corte cuando, en agosto 2008, a través de la Resolución 671/08, firmada por el entonces Director Ejecutivo Amado Boudou, la ANSeS reconoció la pensión para las parejas del mismo sexo. P. obtuvo entonces el beneficio de la pensión, pero con la retroactividad de sólo un año y no desde el fallecimiento de C.

Entonces, P. objetó el otorgamiento limitado del beneficio. Y ahora la Corte le dio la razón ordenando que se dicte una nueva sentencia sobre la base de que el beneficio le sea concedido desde la fecha del fallecimiento, en 1996, como se aplica en todos los demás casos por tratarse de una cobertura “integral” lo cual impone “reglas amplias” cuidando “que los criterios restrictivos, no desnaturalicen el espíritu que ha inspirado su adopción”.

“Esta decisión hace realidad el principio de no discriminación ya que pone a todos los beneficiarios del sistema previsional en las mismas condiciones”, le dijo a Clarín , Gustavo Maurino, abogado de P. La sentencia lleva las firmas de Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carmen Argibay, Eugenio Zaffaroni, Carlos Fayt, Enrique Petracchi y Juan Carlos Maqueda

martes, 28 de junio de 2011

La mitad de los ocupados vive con menos de $ 2.200 mensuales

28 JUN 2011
Por
Ismael Bermúdez


A pesar de los aumentos salariales pactados durante 2010, la mitad de la gente ocupada – que equivale a unas 7.720.000 personas- empezó el 2011 ganando menos de $ 2.200 mensuales . Así surge de la Encuesta Permanente de Hogares del INDEC del primer trimestre de 2011 difundida ayer.

Ese universo abarca a toda la gente ocupada , ya se trate de empleados en relación de dependencia, por cuenta propia, profesionales o patrones.

Ese ingreso tan bajo se debe a varias razones : más de un tercio de los asalariados se desempeña en negro, hay una vasta franja de monotributistas de bajos ingresos y a que la propia inflación fue neutralizando las mejoras salariales.

Por otro lado, hay 1.213.000 desocupados , sin ingresos o que recibe la “prestación por desempleo” de menos de $ 400. Y apenas el 10% -poco más de 1,5 millón- tiene ingresos superiores a los $ 5.000 mensuales.

Si se suma todo el ingreso de las familias – porque además del jefe de hogar trabajan otros integrantes- en la mitad de los hogares ingresan menos de 3.800 pesos mensuales .

Todas estas cifras contrastan con el costo de la canasta familiar – para un matrimonio y dos hijos- que ronda los $ 5.000 mensuales según estimaciones privadas. Sin considerar el alquiler (que supera los $ 1.000), la canasta de consumo total básica en la Ciudad de Buenos Aires a noviembre pasado para una familia tipo era de $ 3.595, según la Dirección de Estadísticas y Censos porteña.

Así, pese al repunte económico y al incremento del empleo, el poder de compra del grueso de los trabajadores ocupados sigue siendo bajo según los registros oficiales.

Del análisis de la escala de ingresos, surge que del total de ocupados, el 30% – casi 4,7 millones de ocupados- gana menos de $ 1.500 mensuales, una cifra que se ubica incluso por debajo del salario mínimo, vital y móvil (actualmente es de $ 1.840 pesos).

En gran parte, eso sucede porque más de un tercio de los asalariados (34,1%) está empleado en negro y en promedio, se estima gana un tercio menos que los ocupados en blanco y por debajo del piso mínimo legal. Además, una buena parte trabaja pocas horas por semana -entre 23 y 39 horas semanales-, aunque en la mayoría de los casos está dispuesta a trabajar más horas (subocupados).

En el caso de los varones, la mitad de los ocupados – con 45 horas de trabajo semanal – gana menos de $ 2.500, en tanto la mitad de las mujeres – con 35 horas semanales – percibe menos de $ 2.000. La diferencia horaria y de ingresos se debe a que las mujeres trabajan menos horas porque recaen sobre ellas las tareas en el hogar, en especial las que se desempeñan en el servicio doméstico por horas, con ingresos más bajos.

Por encima de los $ 5.000 mensuales está sólo el 10% de los ocupados -un poco más de 1.500.000 personas-, que en su mayoría están alcanzados por el impuesto a las Ganancias

sábado, 4 de junio de 2011

Pese a la intimación de la Corte, la ANSeS pagará menos jucios a jubilados

por
Ismael Bermúdez

A pesar de la intimación de la Corte Suprema para que informe lo que pasa con los juicios y el pago de las sentencias a favor de los jubilados, la ANSeS difundió ayer que este mes pagará apenas 312 sentencias. Es un 80% menos que lo que se canceló en igual mes de 2010.

Así, en los primeros seis meses de este año se habrán liquidado 4.067 sentencias, cuando en igual período del año pasado se cancelaron 10.197. Es un 60% menos.

En marzo, la ANSeS suspendió los pagos para implementar un nuevo sistema que prometía ser más ágil y operativo. Pero la realidad es que desde entonces los pagos de sentencias vienen liquidándose “a cuenta gotas”.

Este año el organismo previsional cuenta con un presupuesto de $ 2.400 millones para liquidar unas 20.000 sentencias con lo que hay una evidente subejecución presupuestaria. Además, al no cancelar las sentencias, tampoco se implementa el reajuste de los haberes de acuerdo a lo que fija cada fallo.

En los pasillos de la ANSeS se comenta que en el sector de sentencias hay un conflicto con el personal – por la falta de recategorización y por sanciones que los empleados rechazan – lo que estaría demorando aún más las liquidaciones.

Horacio González, uno de los abogados que denunció a la ANSeS ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la OEA, le dijo a Clarín que “continúa una situación grave porque se sigue acumulando el incumplimiento en los pagos de los fallos firmes, aparte de la cantidad de juicios en trámite. Es evidente que responde a una política que excede a la propia ANSeS, cuyo titular recorre las provincias entregando netbooks, mientras se incrementa la deuda con los jubilados. Todo esto va a ser denunciado una vez más ante la CIDH”.

El sistema previsional carga con una pesada litigiosidad, ya que se acumulan 465.000 juicios en los distintos tribunales de la Seguridad Social y todos los años están ingresando unos 100.000 reclamos nuevos. Las sentencias judiciales que favorecen a los jubilados son porque la ANSeS pagó y sigue pagando jubilaciones por debajo de lo que marca la ley previsional y los fallos de la Corte Suprema. El motivo más generalizado es el caso Badaro que ordenó ajustar los haberes jubilatorios según la evolución de los salarios.

viernes, 3 de junio de 2011

Las demandas de jubilados contra la ANSeS ya suman 465.000

Por
Ismael Bermúdez

1 ¿Cuánto son los juicios pendientes de los jubilados?
Hay unas 465.000 demandas presentadas en los distintos juzgados de la Seguridad Social. Y todos los meses ingresan unas 10.000 demandas nuevas. Las demandas de los jubilados fueron en aumento a medida que la Justicia se fue pronunciando a favor de esos reclamos. La jubilación promedio ronda los $ 1.500 al mes, equivalente al 40% del sueldo medio, muy lejos del objetivo histórico del 82%. Y el 73% cobra la mínima de $ 1.227,78.

2 ¿Por qué hay tantos juicios?
Porque la ANSeS pagó y sigue pagando jubilaciones por debajo de lo que marca la ley previsional y los fallos de la Corte Suprema. El motivo más generalizado es el caso Badaro que ordenó ajustar los haberes jubilatorios según la evolución de los salarios. Eso representa para gran parte de los jubilados un incremento del haber de hasta el 69,9%, más el cobro de la retroactividad. También en otros casos, la Corte fijó que las sumas no remunerativas se deben computar para el cálculo de la jubilación inicial o que los jubilados docentes deben percibir el 82% del sueldo del cargo del activo.

3 ¿Qué hace el Gobierno?
El Gobierno viene cancelando unas 20.000 sentencias por año, aunque en los últimos meses los pagos fueron decreciendo. A este ritmo, y si no ingresaran más demandas, se necesitarían unos 17 años para cancelar el stock actual de demandas. Pero como la ANSeS sigue aprobando las nuevas jubilaciones sin tomar en cuenta los fallos judiciales, se descuenta que el actual ritmo de demandas va a seguir creciendo. En los últimos 3 meses ingresaron 25.686 nuevas demandas. Se estima que en promedio las sentencias rondan los $ 120.000 más el reajuste mensual del haber. De este modo, la ANSeS está acumulando una deuda enorme, que sigue creciendo por la retroactividad y los intereses que se generan.

4 ¿Qué pasa en la Justicia?
Hay 10 Juzgados previsionales que vienen acelerando el dictado de sentencias. Pero los jueces dicen que no pueden administrar 46.500 demandas por juzgado y recuerdan que por el sobrepeso de los expedientes el edificio de la calle Marcelo T. de Alvear tuvo el riesgo de derrumbe. Si bien luego se transfirieron expedientes a otros edificios, con las nuevas demandas el edificio volvió a sobrecargarse. A todo esto se agrega que la ANSeS sigue apelando los fallos de primera instancia y también en muchos casos los fallos de Cámara, abultando el número de juicios. También la ANSeS liquida mal las sentencias firmes, lo que obliga al jubilado a iniciar un nuevo juicio para que se cumplan con lo que marca la Justicia. En varios casos la Justicia ordenó a la ANSeS a pagar de inmediato la sentencia, con penas económicas al Director de la ANSeS en caso de no cumplir con los fallos y la apertura de una causa penal.

5 Se incumple con la OEA
Abogados y organismos de derechos humanos denunciaron al Gobierno ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la OEA por la “violación” de los derechos de los jubilados. Para no ser sancionado, el Gobierno se comprometió a no apelar los fallos en temas sobre los que ya se hubiera expedido la Corte Suprema y desistir de las apelaciones. Pero los abogados denuncian que eso no se está cumpliendo y volvieron a denunciar al Gobierno ante la CIDH. El Gobierno tampoco cumple un dictamen de la Procuración del Tesoro de la Nación que ordenó a los organismos públicos que no rechacen los reclamos y no obliguen a la gente a ir a juicio “si existe jurisprudencia reiterada favorable a los reclamos de los interesados”. El Gobierno tampoco está cumpliendo con este dictamen.

6 El veto presidencial contra los jubilados
El año pasado, el Gobierno vetó la ley votada por el Congreso que estableció el haber mínimo en el 82% del sueldo mínimo y reajustaba los haberes de los jubilados de acuerdo a los fallos de la Corte. El pago de esos cambios debía ser financiado con una reestructuración del Presupuesto. El oficialismo se opuso a esa ley y luego fue vetada por el gobierno con el argumento de que eso implicaría la quiebra del sistema.

7 ¿Por qué la Corte le pide informes a la ANSeS?
Ante los reiterados pronunciamientos de la Justicia en favor de los jubilados, la Defensoría del Pueblo presentó una demanda pidiendo que la Justicia extendiera sus fallos a todos los jubilados que estuvieran en idéntica situación. En la jerga judicial esto se denomina “demanda de acción colectiva”. El pedido de informes aprobado ayer por la Corte forma parte de este juicio iniciado por la Defensoría del Pueblo. La demanda fue aprobada en primera instancia por la Justicia y rechazada en segunda instancia. Por eso la resolución está en manos de la Corte Suprema.

8 ¿Qué es la acción colectiva?
Como cada sentencia solo beneficia a quien ganó el juicio, el objetivo de la acción colectiva es evitar que cada jubilado tenga que hacer un juicio sobre un tema sobre el cual ya se pronunció la Corte Suprema y que ya se sabe de antemano que condenará a la ANSeS.